“Forma de organización de empresa según la cual una compañía financiera se hace con la mayoría de las acciones de otras empresas a las que controla.”
12.2. VENTAJAS
*Optimizar la distribución de gastos estructurales entre Sociedades.
*Estructura societaria que facilita la diversificación de las actividades económicas del Grupo.
*Consolidación de las Cuentas Anuales que permite un mejor control de gestión y transmite una imagen más fiel de la realidad económica del Grupo frente a terceros.
*Disminución del riesgo mercantil derivado de las distintas actividades económicas, permitiendo limitar los recursos propios de cada sociedad a los estrictamente necesarios para el desarrollo de sus objetivos.
*Reinvertir los excedentes de una sociedad en otra del mismo grupo, mediante la distribución de dividendos a la Holding, sin tener que efectuar retención y beneficiándose de la deducción del cien por cien por doble imposición, en todas aquellas participaciones que superen el 5%.
*Compensar las pérdidas de las compañías del Grupo o asociadas mediante las correspondientes provisiones por depreciación de cartera.
*Eliminar la Transparencia Fiscal de las Sociedades Inmobiliarias si están participadas en su totalidad por la empresa Holding.
12.3. DESVENTAJAS
En la decisión de localización de inversiones en el exterior es crucial tener en cuenta las limitaciones que existen en la normativa fiscal argentina para las compañías holding. Los países que ofrecen regímenes preferenciales abren un abanico de posibilidades que permiten optimizar la carga tributaria del grupo, además de otorgar flexibilidad a la estructura.
Las disposiciones del país también deberían ofrecer beneficios que alienten la estructuración de negocios con base en la Argentina. En este sentido, es importante destacar que estas desventajas no se ven reflejadas en caso de subsidiarias que estén localizadas en ciertos países con los cuales la Argentina ha celebrado convenios para evitar la doble imposición.
12.4. EJEMPLOS EMPRESARIALES
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